Legislación › Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
Cuadro 2
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de julio de 2010 y la del 1 de agosto de 2018.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (57 palabras).
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Cuadro 2
1. Modelos de placas de matrícula ordinaria.
Téngase en cuenta que, para la adaptación a esta última modificación efectuada por el art. único.3.a) de la Orden PCI/810/2018, de 27 de julio, BOE-A-2018-10856, los titulares de los vehículos matriculados con anterioridad al 1 de agosto de 2018 dispondrán del plazo de un año, según se indica en la disposición transitoria única.2 de la citada Orden.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de agosto de 2018 En vigor | BOE-A-2018-10856 | Leer | Qué cambió |
| 23 de julio de 2010 | BOE-A-2010-1011 | Leer | Qué cambió |
| 17 de septiembre de 2000 | BOE-A-2000-16805 | Leer | Qué cambió |
| 26 de julio de 1999 | Texto original | Leer |


