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Legislación › Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.

II. Contraseñas de las placas

II. Contraseñas de las placas

A. Siglas de provincias

Álava

VI

Albacete

AB

Alicante

A

Almería

AL

Asturias

O

Ávila

AV

Badajoz

BA

Barcelona

B

Burgos

BU

Cáceres

CC

Cádiz

CA

Cantabria

S

Castellón

CS

Ciudad Real

CR

Córdoba

CO

A Coruña

C

Cuenca

CU

Girona

GI

Granada

GR

Guadalajara

GU

Guipúzcoa

SS

Huelva

H

Huesca

HU

Illes Balears

IB

Jaén

J

León

LE

Lleida

L

Lugo

LU

Madrid

M

Málaga

MA

Murcia

MU

Navarra

NA

Ourense

OU

Palencia

P

Las Palmas

GC

Pontevedra

PO

La Rioja

LO

Salamanca

SA

Santa Cruz de Tenerife

TF

Segovia

SG

Sevilla

SE

Soria

SO

Tarragona

T

Teruel

TE

Toledo

TO

Valencia

V

Valladolid

VA

Vizcaya

BI

Zamora

ZA

Zaragoza

Z

Ceuta

CE

Melilla

ML

B) Contraseñas de los vehículos pertenecientes al Estado y al servicio de los Cuarteles Generales Militares Internacionales de la OTAN.

ET, FN y EA: Para vehículos pertenecientes al Ministerio de Defensa, correspondientes, respectivamente al Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire.

MF: Para los del Parque del Ministerio de Fomento.

MMA: Para los del Parque del Ministerio de Medio Ambiente.

PME: Para los del Parque Móvil del Estado.

CNP: Para los de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, adscritos al ámbito del Cuerpo Nacional de Policía.

PGC: Para los de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, adscritos al ámbito del Cuerpo de la Guardia Civil.

En el caso de vehículos especiales, figurarán las contraseñas anteriores y, separadas por un guión, las letras VE.

FAE: Para los vehículos al servicio de los Cuarteles Generales Militares Internacionales de la OTAN matriculados en España.

Se modifica el apartado B) por el art. único de la Orden PRE/438/2008, de 20 de febrero. BOE-A-2008-3422.

Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria única.

Se modifica el apartado B) por la disposición adicional 1 de la Orden PRE/513/2002, de 5 de marzo. BOE-A-2002-4792.

Se modifica el apartado B) por la disposición adicional única de la Orden de 9 de diciembre de 1999. BOE-A-1999-23609.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de febrero de 2008 En vigor BOE-A-2008-3422 Leer Qué cambió
10 de marzo de 2002 BOE-A-2002-4792 Leer Qué cambió
12 de diciembre de 1999 BOE-A-1999-23609 Leer Qué cambió
26 de julio de 1999 Texto original Leer

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