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Legislación › Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.

V-20

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de julio de 1999 y la del 23 de julio de 2010. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras). Volver al texto en vigor

V-20. PANEL PARA CARGAS QUE SOBRESALEN
1. Indica que la carga del vehículo sobresale posteriormente.
2. Cuando la carga sobresalga por detrás del vehículo deberá colocarse esta señal en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicuar al eje del vehículo.
Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de V invertida con franjas alternas rojas y blancas.
3. Las dimensiones, color y características técnicas de esta señal son las que se indican a continuación:
LÁMINA REFLECTANTE
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Color: BLANCO Y ROJO NIVEL 2.
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MATERIAL DEL SUSTRATO
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Placa soporte: Plancha de alumino aluminio de 1.4 1,4 ± 0.1 mm. Aleación 1200 1.200 H14 y/o H24. Se autoriza cualquier otro material que presente características mecánicas o físicas equivalentes teniendo en cuenta su estabilidad temporal.
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BORDÓN
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Exteriormente a la superficie reflectante y en todo su contorno, las placas llevarán un reborde (bordón) redondeado según la figura adjunta.
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Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de julio de 2010 En vigor BOE-A-2010-1011 Leer Qué cambió
26 de julio de 1999 Texto original Leer

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