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Legislación › Real Decreto 2828/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Odontólogos y Estomatólogos y de su Consejo General.

Artículo 72. Personal ejecutivo y laboral.

Artículo 72. Personal ejecutivo y laboral.

1. El Consejo podrá contratar, a través de su Comité Ejecutivo, un Director ejecutivo o Gerente, un Oficial Mayor y el restante personal laboral que estime necesario para su correcto funcionamiento y cumplimiento de sus fines, de acuerdo con los presupuestos económicos aprobados por la Asamblea General.

2. A las órdenes directas del Secretario general, corresponde al Director ejecutivo, o en su defecto, al Oficial Mayor, la distribución del trabajo entre el personal laboral.

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