LexTotal

Legislación › Real Decreto 2828/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Odontólogos y Estomatólogos y de su Consejo General.

Artículo 73. Asesoría Jurídica.

Artículo 73. Asesoría Jurídica.

El Consejo General contará con la correspondiente Asesoría Jurídica, integrada por un Letrado Director y el número de Letrados que se determine por el Consejo Interautonómico, de acuerdo con los presupuestos aprobados por la Asamblea.

2. La Asesoría Jurídica cuidará de la adecuación a derecho de las resoluciones, expedientes y actuaciones en general de los respectivos órganos y, con tal finalidad, emitirá los informes o dictámenes que proceda.

3. Los miembros de la Asesoría Jurídica serán designados por el Consejo Interautonómico, a propuesta del Comité Ejecutivo.

← Artículo 72 Índice Artículo 74 →