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Legislación › Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón.

Disposición adicional cuarta. Actualización de la cuantía de las sanciones.

Disposición adicional cuarta. Actualización de la cuantía de las sanciones.

Las cuantías de las sanciones previstas en esta Ley podrán ser actualizadas por el Gobierno de Aragón, mediante Decreto, a propuesta del Departamento responsable de carreteras.

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