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Legislación › Real Decreto 1525/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES).

Artículo 9. Composición.

Artículo 9. Composición.

1. La entidad estará regida por un Consejo Rector, que tendrá a su cargo la superior dirección de su administración y gestión, y que estará integrado por:

a) La Presidencia de la entidad y de su Consejo Rector.

b) Siete vocalías, de las que cinco serán designadas a propuesta de la persona titular del Ministerio Vivienda y Agenda Urbana y dos a propuesta de la persona titular del Ministerio de Hacienda.

2. Entre las siete vocalías se elegirá por el Consejo una Vicepresidencia, con las funciones que se establecen en el artículo 20.

3. Igualmente, formará parte del Consejo Rector una Secretaría, cuyo nombramiento y cese corresponderá al Consejo Rector, a propuesta de su Presidencia, y que asistirá a las sesiones con voz pero sin voto, si no tuviera la condición de vocal.

4. Asimismo, aunque sin formar parte del Consejo Rector, los órganos de dirección ejecutiva de la Entidad podrán asistir a sus reuniones cuando sean convocados por la Presidencia del Consejo, con voz pero sin voto.

5. En su designación, se atenderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 bis de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y conforme a la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, así como a criterios de idoneidad.

Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 1123/2025, de 10 de diciembre. BOE-A-2025-25270

Se modifica el apartado 1.a) y b) por el art. único.5 y disposición final 1.1 del Real Decreto 855/2021, de 5 de octubre de 2021. BOE-A-2021-16235

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 1.1 del Real Decreto 30/2011, de 14 de enero. BOE-A-2011-972.

Se modifican los apartados 1 y 2 por el art. único del Real Decreto 1092/2010, de 3 de septiembre. BOE-A-2010-14139.

Se deja sin efecto la referencia al Director General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo y se entiende referida al Presidente de la entidad, según establece la disposición final 1 del Real Decreto 1718/2004, de 23 de julio. BOE-A-2004-13904.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de diciembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-25270 Leer Qué cambió
7 de octubre de 2021 BOE-A-2021-16235 Leer Qué cambió
19 de enero de 2011 BOE-A-2011-972 Leer Qué cambió
16 de septiembre de 2010 BOE-A-2010-14139 Leer Qué cambió
27 de julio de 2004 BOE-A-2004-13904 Leer Qué cambió
9 de octubre de 1999 Texto original Leer

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