Legislación › Real Decreto 1525/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES).
Artículo 9. Composición.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de octubre de 1999 y la del 27 de julio de 2004.
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Artículo 9. Composición.
1 La Entidad estará regida por un Consejo de Administración, que tendrá a su cargo la superior dirección de su administración y gestión, y que estará integrado por:
a) Un Presidente de la Entidad, y de su Consejo de Administración, que será el Director general de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo.
b) Ocho Consejeros, de los que cinco serán designados por el Ministro de Fomento y tres por el Ministro de Economía y Hacienda.
2. Entre los ocho Consejeros se elegirá por el Consejo un Vicepresidente, con las funciones que se establecen en el artículo 20.
3. Igualmente, formará parte del Consejo de Administración un Secretario, cuyo nombramiento y cese corresponderá al Consejo de Administración, a propuesta de su Presidente, y que asistirá a las sesiones con voz pero sin voto, si no tuviera la condición de Consejero.
4. Asimismo, aunque sin formar parte del Consejo de Administración, el Director general General de la Entidad asistirá a sus reuniones, con voz pero sin voto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de diciembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-25270 | Leer | Qué cambió |
| 7 de octubre de 2021 | BOE-A-2021-16235 | Leer | Qué cambió |
| 19 de enero de 2011 | BOE-A-2011-972 | Leer | Qué cambió |
| 16 de septiembre de 2010 | BOE-A-2010-14139 | Leer | Qué cambió |
| 27 de julio de 2004 | BOE-A-2004-13904 | Leer | Qué cambió |
| 9 de octubre de 1999 | Texto original | Leer |


