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Legislación › Real Decreto 1525/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES).

Artículo 9. Composición.

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Artículo 9. Composición.
1. La entidad estará regida por un Consejo de Administración, que tendrá a su cargo la superior dirección de su administración y gestión, y que estará integrado por:
a) Un Presidente de la entidad y de su Consejo de Administración. Será Presidente de la Entidad y de su Consejo de Administración la persona titular de la Secretaría de Estado de Vivienda Transportes, Movilidad y Actuaciones Urbanas. Agenda Urbana.
b) Siete Consejeros, de los que cinco serán designados por el Ministro la persona titular del Ministerio de Fomento Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y dos por la Ministra persona titular del Ministerio de Economía Hacienda y Hacienda. Función Pública.
2. Entre los siete Consejeros se elegirá por el Consejo un Vicepresidente, con las funciones que se establecen en el artículo 20.
3. Igualmente, formará parte del Consejo de Administración un Secretario, cuyo nombramiento y cese corresponderá al Consejo de Administración, a propuesta de su Presidente, y que asistirá a las sesiones con voz pero sin voto, si no tuviera la condición de Consejero.
4. Asimismo, aunque sin formar parte del Consejo de Administración, el Director General de la Entidad asistirá a sus reuniones, con voz pero sin voto.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de diciembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-25270 Leer Qué cambió
7 de octubre de 2021 BOE-A-2021-16235 Leer Qué cambió
19 de enero de 2011 BOE-A-2011-972 Leer Qué cambió
16 de septiembre de 2010 BOE-A-2010-14139 Leer Qué cambió
27 de julio de 2004 BOE-A-2004-13904 Leer Qué cambió
9 de octubre de 1999 Texto original Leer

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