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Instrumento de Ratificación del Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina (Convenio relativo a los derechos humanos y la biomedicina), hecho en Oviedo el 4 de abril de 1997.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 20 de octubre de 1999 · Último cambio el 20 de octubre de 1999 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Instrumento de ratificación
  3. CONVENIO
  4. Preámbulo
  5. CAPÍTULO I
  6. Artículo 1. Objeto y finalidad.
  7. Artículo 2. Primacía del ser humano.
  8. Artículo 3. Acceso equitativo a los beneficios de la sanidad.
  9. Artículo 4. Obligaciones profesionales y normas de conducta.
  10. CAPÍTULO II
  11. Artículo 5. Regla general.
  12. Artículo 6. Protección de las personas que no tengan capacidad para expresar su consentimiento.
  13. Artículo 7. Protección de las personas que sufran trastornos mentales.
  14. Artículo 8. Situaciones de urgencia.
  15. Artículo 9. Deseos expresados anteriormente.
  16. CAPÍTULO III
  17. Artículo 10. Vida privada y derecho a la información.
  18. CAPÍTULO IV
  19. Artículo 11. No discriminación.
  20. Artículo 12. Pruebas genéticas predictivas.
  21. Artículo 13. Intervenciones sobre el genoma humano.
  22. Artículo 14. No selección de sexo.
  23. CAPÍTULO V
  24. Artículo 15. Regla general.
  25. Artículo 16. Protección de las personas que se presten a un experimento.
  26. Artículo 17. Protección de las personas que no tengan capacidad para expresar su consentimiento a un experimento.
  27. Artículo 18. Experimentación con embriones «in vitro».
  28. CAPÍTULO VI
  29. Artículo 19. Regla general.
  30. Artículo 20. Protección de las personas incapacitadas para expresar su consentimiento a la extracción de órganos.
  31. CAPÍTULO VII
  32. Artículo 21. Prohibición del lucro.
  33. Artículo 22. Utilización de una parte extraída del cuerpo humano.
  34. CAPÍTULO VIII
  35. Artículo 23. Contravención de los derechos o principios.
  36. Artículo 24. Reparación de un daño injustificado.
  37. Artículo 25. Sanciones.
  38. CAPÍTULO IX
  39. Artículo 26. Restricciones al ejercicio de los derechos.
  40. Artículo 27. Protección más amplia.
  41. CAPÍTULO X
  42. Artículo 28. Debate público.
  43. CAPÍTULO XI
  44. Artículo 29. Interpretación del Convenio.
  45. Artículo 30. Informes sobre la aplicación del Convenio.
  46. CAPÍTULO XII
  47. Artículo 31. Protocolos.
  48. CAPÍTULO XIII
  49. Artículo 32. Enmiendas al Convenio.
  50. CAPÍTULO XIV
  51. Artículo 33. Firma, ratificación y entrada en vigor.
  52. Artículo 34. Estados no miembros.
  53. Artículo 35. Aplicación territorial.
  54. Artículo 36. Reservas.
  55. Artículo 37. Denuncia.
  56. Artículo 38. Notificaciones.
  57. Firma
  58. [Información relacionada]