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Legislación › Real Decreto 1440/1999, de 10 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de la pesca con artes de arrastre de fondo en el caladero nacional del Mediterráneo.

Artículo 8. Características técnicas de los buques.

Artículo 8. Características técnicas de los buques.

Los buques autorizados a ejercer la pesca de arrastre de fondo en el caladero nacional del Mediterráneo deberán tener las siguientes características técnicas:

a) Eslora entre perpendiculares comprendida entre 12 y 24 metros.

b) Potencia máxima continua en banco no superior a 500 CV.

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