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Legislación › Real Decreto 1441/1999, de 10 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de la pesca con artes de arrastre de fondo en el caladero nacional del Cantábrico y Noroeste.

Artículo 8. Características técnicas de los buques.

Artículo 8. Características técnicas de los buques.

Los buques autorizados a ejercer la pesca de arrastre de fondo en el caladero nacional del Cantábrico y Noroeste deberán tener, como mínimo, una eslora entre perpendiculares igual o superior a 20 metros o una eslora total, igual o superior a 24 metros.

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