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Legislación › Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se desarrolla el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.

Artículo 5. Dependencias Regionales.

Artículo 5. Dependencias Regionales.

1. Bajo la dependencia funcional de los Centros Directivos competentes, las Delegaciones Especiales de Economía y Hacienda estarán constituidas, por las siguientes Dependencias Regionales:

a) Intervención Regional.

b) Gerencia Regional del Catastro. No existirá en las Delegaciones Especiales del País Vasco y Navarra.

Las Unidades Locales del Catastro en Gijón y Cartagena desempeñarán las funciones previstas en el apartado 12 de esta Orden.

c) (Derogada)

d) Secretaría General, que asumirá las competencias en materia de Patrimonio del Estado, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo.

2. Las sedes de Cartagena y Gijón de las Delegaciones Especiales de Murcia y Asturias, mantendrán Dependencias de Intervención Territorial, Unidades Locales del Catastro y Secretaría General, integrando en esta última a las Unidades de Patrimonio del Estado.

3. Las Dependencias podrán mantener Unidades Locales en poblaciones distintas a las de su sede principal, que además de realizar las gestiones que les son propias, facilitarán los trámites relativos a las demás Dependencias.

Se deroga el apartado 1.c) por la disposición derogatoria única.1.c) del Real Decreto 803/2022, de 4 de octubre. BOE-A-2022-16198

Se modifican los apartados 1 y 2 y se deroga el apartado 4 por el art. único.5 a 7 de la Orden PCM/1078/2021, de 5 de octubre de 2021. BOE-A-2021-16236

Se deroga el apartado 1.d) por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1456/2005, de 2 de diciembre. BOE-A-2005-20554.

Se modifica el apartado 2 por el apartado 1 de la Orden PRE/912/2002, de 18 de abril. BOE-A-2002-8029.

Téngase en cuenta que el ámbito territorial establecido para la Subgerencia Territorial del Catastro de Gijón será de aplicación a la actual Gerencia Territorial del Catastro de Gijón, según establece el apartado 2 de dicha Orden.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
5 de octubre de 2022 En vigor BOE-A-2022-16198 Leer Qué cambió
7 de octubre de 2021 BOE-A-2021-16236 Leer Qué cambió
1 de enero de 2006 BOE-A-2005-20554 Leer Qué cambió
16 de mayo de 2002 BOE-A-2002-8029 Leer Qué cambió
25 de noviembre de 1999 Texto original Leer

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