Legislación › Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
Artículo 36. Conciertos con centros e instituciones educativas.
Artículo 36. Conciertos con centros e instituciones educativas.
Los Ministerios de Defensa e Interior promoverán el establecimiento de conciertos con universidades e instituciones, educativas o de investigación, civiles o militares, nacionales o extranjeras, para impartir determinados cursos o enseñanzas y para desarrollar programas de investigación u otro tipo de colaboraciones.
Igualmente promoverán la colaboración de la Administración General del Estado, de las instituciones autonómicas y locales y de las entidades culturales, sociales y empresariales con los centros docentes de la Guardia Civil.


