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Legislación › Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

Disposición final primera. Título habilitante.

Disposición final primera. Título habilitante.

La presente Ley se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.29.a de la Constitución.

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