Legislación › Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
Disposición transitoria sexta. Músicas de la Guardia Civil.
Disposición transitoria sexta. Músicas de la Guardia Civil.
Los miembros de las Músicas de la Guardia Civil que no pertenezcan al Cuerpo de Músicas Militares de las Fuerzas Armadas continuarán en la situación anterior a la entrada en vigor de la Ley 28/1994, de 18 de octubre, por la que se completa el régimen de personal del Cuerpo de la Guardia Civil, hasta su extinción.
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