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Legislación › Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional.

Artículo 15. Ejercicio de la potestad jurisdiccional.

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Artículo 15. Ejercicio de la potestad jurisdiccional.
Los órganos jurisdiccionales del orden social conocerán de cuantas cuestiones litigiosas se susciten en aplicación de la presente Ley, esta ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 2. p) 2.n) y 3.2 del texto refundido 2.t) de la Ley 36/2011, de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto legislativo 2/1995, 10 de 7 octubre, reguladora de abril. la jurisdicción social.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de mayo de 2017 En vigor BOE-A-2017-5855 Leer Qué cambió
1 de diciembre de 1999 Texto original Leer

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