Legislación › Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional.
Artículo 15. Ejercicio de la potestad jurisdiccional.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de diciembre de 1999 y la del 27 de mayo de 2017.
Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras).
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Artículo 15. Ejercicio de la potestad jurisdiccional.
Los órganos jurisdiccionales del orden social conocerán de cuantas cuestiones litigiosas se susciten en aplicación de la presente Ley, esta ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 2. p) 2.n) y 3.2 del texto refundido 2.t) de la Ley 36/2011, de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto legislativo 2/1995, 10 de 7 octubre, reguladora de abril. la jurisdicción social.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de mayo de 2017 En vigor | BOE-A-2017-5855 | Leer | Qué cambió |
| 1 de diciembre de 1999 | Texto original | Leer |


