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Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 30 de noviembre de 1999 · Último cambio el 2 de marzo de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  4. Artículo 2. Definiciones. 3 redacciones · cambió el 28/04/2021
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 3. Condiciones de trabajo de los trabajadores desplazados. 3 redacciones · cambió el 28/04/2021
  7. Artículo 4. Cuantía mínima del salario de los trabajadores desplazados. 2 redacciones · cambió el 28/04/2021
  8. Artículo 5. Comunicación de desplazamiento. 3 redacciones · cambió el 28/04/2021
  9. Artículo 6. Obligación de comparecencia y de conservación y aportación de documentación. 2 redacciones · cambió el 27/05/2017
  10. CAPÍTULO III
  11. Artículo 7. Órgano competente en materia de información.
  12. Artículo 8. Funciones en materia de inspección. 2 redacciones · cambió el 27/05/2017
  13. Artículo 8 bis. 2 redacciones · cambió el 28/04/2021
  14. Artículo 9. Cooperación con las Administraciones públicas de otros Estados en materia de información e inspección. 3 redacciones · cambió el 28/04/2021
  15. CAPÍTULO IV
  16. Sección 1
  17. Artículo 10. Concepto de infracción. 2 redacciones · cambió el 08/08/2000
  18. Artículo 11. Sujetos responsables de la infracción. 2 redacciones · cambió el 08/08/2000
  19. Artículo 12. Infracción de las obligaciones relativas a las condiciones de trabajo. 2 redacciones · cambió el 08/08/2000
  20. Artículo 13. Infracción de otras obligaciones previstas en la presente Ley. 2 redacciones · cambió el 08/08/2000
  21. Artículo 14. Limitaciones a la facultad de contratar con la Administración.
  22. Sección 2
  23. Artículo 15. Ejercicio de la potestad jurisdiccional. 2 redacciones · cambió el 27/05/2017
  24. Artículo 16. Competencia. 2 redacciones · cambió el 27/05/2017
  25. Artículo 17. Derecho supletorio. 2 redacciones · cambió el 27/05/2017
  26. CAPÍTULO V
  27. Artículo 18. Ámbito de aplicación de las normas especiales.
  28. Artículo 19. Exclusiones en el transporte internacional de mercancías.
  29. Artículo 20. Exclusiones en el transporte internacional de viajeros.
  30. Artículo 21. Transporte de cabotaje y otros supuestos de desplazamiento.
  31. Artículo 22. Comunicaciones sobre el desplazamiento de conductores.
  32. Artículo 23. Obligaciones documentales de la empresa transportista en caso de desplazamiento de conductores.
  33. Artículo 24. Control de las exclusiones de los artículos 19 y 20.
  34. Artículo 25. Cómputo del periodo de desplazamiento.
  35. Disposición adicional primera. Desplazamientos de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional efectuados por empresas establecidas en España. 3 redacciones · cambió el 02/03/2022
  36. Disposición adicional segunda. Obligaciones y responsabilidades de las empresas usuarias y de las empresas que reciban en España la prestación de servicios de los trabajadores desplazados.
  37. Disposición adicional tercera. Representantes de los trabajadores desplazados.
  38. Disposición adicional cuarta. Aplicación a empresas de otros Estados.
  39. Disposición adicional quinta. No afectación de la legislación de extranjería.
  40. Disposición adicional sexta. Registro electrónico central sobre desplazamiento de trabajadores.
  41. Disposición adicional séptima. Reconocimiento y asistencia mutuos en la notificación y ejecución transfronteriza de sanciones administrativas derivadas del incumplimiento de la normativa en materia de desplazamiento de trabajadores.
  42. Disposición adicional octava. Otras obligaciones derivadas de la legislación de la Unión Europea.
  43. Disposición adicional novena. Actualización de la información. 2 redacciones · cambió el 28/04/2021
  44. Disposición adicional décima. Apoyo a las iniciativas de los interlocutores sociales.
  45. Disposición adicional undécima. Comunicación de desplazamiento de las empresas establecidas en terceros países.
  46. Disposición final primera. Modificaciones de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.
  47. Disposición final segunda. Facultades de aplicación y desarrollo.
  48. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  49. Firma