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Legislación › Real Decreto 146/1999, de 29 de enero, por el que se modifica la estructura orgánica básica y funciones, y se transforma el Organismo autónomo Parque Móvil Ministerial en Parque Móvil del Estado.

Artículo 14. Órganos directivos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de enero de 1999 y la del 1 de diciembre de 2012. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (15 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 14. Órganos directivos.
Como órganos responsables inmediatos dependientes del Director general, en las competencias que se les asignan, se crean las siguientes unidades con nivel orgánico de Subdirección General:
1. Secretaría General.
2. Subdirección General de Gestión. Gestión, cuyo titular sustituirá al Director General en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
3. Subdirección General de Régimen Económico.
4. Subdirección General de Recursos Humanos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de diciembre de 2012 En vigor BOE-A-2012-14647 Leer Qué cambió
31 de enero de 1999 Texto original Leer

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