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Legislación › Real Decreto 146/1999, de 29 de enero, por el que se modifica la estructura orgánica básica y funciones, y se transforma el Organismo autónomo Parque Móvil Ministerial en Parque Móvil del Estado.

Artículo 16. Subdirección General de Gestión.

Artículo 16. Subdirección General de Gestión.

Corresponde a la Subdirección General de Gestión:

1. La ordenación de la prestación de los servicios automovilísticos, con la consiguiente distribución de efectivos humanos y medios materiales.

2. La elaboración y ejecución de los programas de inversiones en vehículos, así como la gestión y control de los repuestos y demás materiales de consumo necesarios para el funcionamiento de los servicios de automoción.

3. La atención del mantenimiento y reparación de los vehículos.

4. La gestión y control de los consumos de carburantes.

5. La homologación de servicios establecida en el artículo 6 del presente real decreto.

Se modifica por el art. único.11 del Real Decreto 1527/2012, de 8 de noviembre. BOE-A-2012-14647.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de diciembre de 2012 En vigor BOE-A-2012-14647 Leer Qué cambió
31 de enero de 1999 Texto original Leer

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