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Legislación › Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia.

Artículo 44. Autorización legal.

Artículo 44. Autorización legal.

Para la concesión de cualquier otra forma de aval de la no prevista en el presente capítulo será precisa autorización mediante la correspondiente Ley, la que determinará por lo menos la identidad de los avalados y el límite y plazo del correspondiente aval.

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