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Legislación › Orden de 9 de diciembre de 1999 sobre cambio de matrícula por motivos de seguridad y sobre autorizaciones de circulación para vehículos con dispositivos retrorreflectantes.

Artículo 17. Conformidad de la compañía de seguros.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de diciembre de 1999 y la del 23 de julio de 2010. Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 17. Conformidad de la compañía de seguros.
La compañía aseguradora del vehículo deberá mostrar expresamente su conformidad al marcaje que se va a introducir en el vehículo y el servicio que se pretende realizar con el mismo. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de julio de 2010 En vigor BOE-A-2010-1011 Leer Qué cambió
12 de diciembre de 1999 Texto original Leer

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