Legislación › Real Decreto 1797/1999, de 26 de noviembre, sobre el control de las operaciones de pesca de buques de terceros países en aguas bajo soberanía o jurisdicción española.
ANEXO
ANEXO
La comunicación a que se refiere el artículo 4.2 deberá enviarse por fax o télex al Ilmo. Sr. Secretario general de Pesca Marítima del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación; C/ Ortega y Gasset, 57; 28006 Madrid.
Fax: 91 402 02 12.
Télex: 47457.


