Legislación › Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación.
Artículo 24. De la Administración Local.
Artículo 24. De la Administración Local.
Las Administraciones Locales colaborarán con la Administración de la Junta de Andalucía en el desarrollo de los programas y actuaciones de compensación educativa contempladas en esta Ley, específicamente, en los programas de seguimiento del absentismo escolar, en las actuaciones dirigidas al alumnado de familias temporeras y en la inserción sociolaboral de jóvenes con especiales dificultades de acceso al empleo.


