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Legislación › Real Decreto 1977/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los principios relativos a la organización de los controles veterinarios sobre los productos procedentes de países terceros.

ANEXO I

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de diciembre de 1999 y la del 11 de julio de 2007. Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (75 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO I
Territorios
1. Reino de Bélgica.
2. Reino República de Dinamarca, excepto las Islas Feroe y Groenlandia. Bulgaria.
3. República Federal de Alemania. Checa.
4. Reino de España, excepto Ceuta y Melilla.
5. República Helénica. Federal de Alemania.
6. República Francesa. de Estonia.
7. Irlanda. República Helénica.
8. Reino de Dinamarca, excepto las Islas Feroe y Groenlandia.
9.
República Francesa.
10. Irlanda.
11. República
Italiana.
9. 12. República de Chipre.
13. República de Letonia.
14. República de Lituania.
15.
Gran Ducado de Luxemburgo.
10. 16. República de Hungría.
17. República de Malta.
18.
Reino de los Países Bajos en Europa.
11. 19. República Portuguesa. de Austria.
12. Reino Unido 20. República de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Polonia.
13. 21. República Portuguesa.
22. Rumanía.
23. República
de Austria. Eslovenia.
14. 24. República Eslovaca.
25. República
de Finlandia.
15. 26. Reino de Suecia.
27. Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de noviembre de 2013 En vigor BOE-A-2013-12266 Leer Qué cambió
11 de julio de 2007 BOE-A-2007-13322 Leer Qué cambió
29 de diciembre de 1999 Texto original Leer

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