LexTotal

Legislación › Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000.

ANEXO III

ANEXO III

Operaciones de crédito autorizadas a Organismos públicos

 

Miles de pesetas

Ministerio de Economía y Hacienda:

 

– Instituto de Crédito Oficial

(Este límite no afectará a las operaciones de tesorería que se concierten y amorticen dentro del año, ni a la refinanciación de la deuda contraída a corto y largo plazo.)

600.000.000

Ministerio de Fomento:

 

– Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea

80.000.000

– Puertos del Estado y Autoridades Portuarias

(Cifra de incremento neto de endeudamiento bancario a largo plazo.)

5.051.000

– Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles

(Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo del endeudamiento a largo plazo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2000, por lo que no afectará a las operaciones de tesorería que se concierten y amorticen en el año, ni se computará en el mismo la refinanciación de la deuda contraída a corto y largo plazo.)

42.000.000

– Entidad pública empresarial Correos y Telégrafos

3.000.000

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación:

 

– Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA)

15.000.000

Ministerio de Medio Ambiente:

 

– Mancomunidad Canales del Taibilla

1.000.000

Ministerio de la Presidencia:

 

– Ente Público Radio Televisión Española

(Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo de la posición deudora a corto y largo plazo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2000.)

111.551.000

← Disposición final única Índice