Legislación › Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000.
ANEXO III
ANEXO III
Operaciones de crédito autorizadas a Organismos públicos
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Miles de pesetas |
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Ministerio de Economía y Hacienda: |
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– Instituto de Crédito Oficial (Este límite no afectará a las operaciones de tesorería que se concierten y amorticen dentro del año, ni a la refinanciación de la deuda contraída a corto y largo plazo.) |
600.000.000 |
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Ministerio de Fomento: |
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– Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea |
80.000.000 |
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– Puertos del Estado y Autoridades Portuarias (Cifra de incremento neto de endeudamiento bancario a largo plazo.) |
5.051.000 |
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– Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo del endeudamiento a largo plazo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2000, por lo que no afectará a las operaciones de tesorería que se concierten y amorticen en el año, ni se computará en el mismo la refinanciación de la deuda contraída a corto y largo plazo.) |
42.000.000 |
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– Entidad pública empresarial Correos y Telégrafos |
3.000.000 |
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Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: |
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– Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) |
15.000.000 |
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Ministerio de Medio Ambiente: |
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– Mancomunidad Canales del Taibilla |
1.000.000 |
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Ministerio de la Presidencia: |
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– Ente Público Radio Televisión Española (Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo de la posición deudora a corto y largo plazo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2000.) |
111.551.000 |


