Legislación › Ley 25/1998, de 31 de diciembre, de Medidas Administrativas, Fiscales y de Adaptación al Euro.
Disposición transitoria quinta. Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, tipo de gravamen.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1999 y la del 31 de marzo de 2017.
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Disposición transitoria quinta. Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, tipo de gravamen.
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) del Real decreto legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, el tipo impositivo correspondiente a las transmisiones patrimoniales onerosas de fincas afectadas por los incendios forestales de los días 18, 19, 20 y 21 de julio de 1998, así como la constitución y cesión de derechos reales que recaigan en las mismas, queda fijado para los ejercicios de 1999 y 2000 en el 1 por 100. (Derogada)
2. De acuerdo con el artículo 31.2 del Real Decreto 1/1993, el tipo impositivo correspondiente al impuesto en la modalidad de actos jurídicos documentados por las primeras copias de escrituras públicas y actos notariales otorgadas durante los años 1999 y 2000 que documenten préstamos u otras operaciones relacionadas con los daños producidos por los incendios forestales de los días 18, 19, 20 y 21 de julio de 1998, se fija en el 0,01 por 100.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de marzo de 2017 En vigor | BOE-A-2017-7353 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | Texto original | Leer |
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