Legislación › Real Decreto 81/1999, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Título II de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, en lo relativo a las autorizaciones para prestación de servicios y al Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales.
Artículo 5. Documentación complementaria.
Artículo 5. Documentación complementaria.
La Comisión Nacional del Sector Postal podrá solicitar de los operadores postales la aportación de datos complementarios de carácter estadístico relativos a los medios materiales y personales disponibles, número y características de los envíos postales y, en general, aquellos que sean necesarios para el mejor conocimiento del sector y para atender las obligaciones estadísticas derivadas de la pertenencia a organizaciones internacionales especializadas.
La negativa a suministrar la información requerida, sin causa justificada, será constitutiva de la infracción prevista en el artículo 41.4.a) de la Ley 24/1998.
Se modifica por el apartado 3 del anexo del Real Decreto 101/2010, de 5 de febrero. BOE-A-2010-3750
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de marzo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-3750 | Leer | Qué cambió |
| 4 de febrero de 1999 | Texto original | Leer |


