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Legislación › Ley 10/1998, de 14 de diciembre, de Colegios Profesionales de las Illes Balears.

CAPÍTULO V

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de enero de 1999 y la del 26 de noviembre de 2010. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras). Volver al texto en vigor

CAPÍTULO V
Fines esenciales y Finalidades, funciones y obligaciones de los colegios profesionales

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de noviembre de 2010 En vigor BOE-A-2010-19487 Leer Qué cambió
19 de enero de 1999 Texto original Leer

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