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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 103 septies. Hecho imponible.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2009 y la del 1 de enero de 2014. Tachado: lo que se quitó (11 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 103 septies. Hecho imponible.
Constituye Constituirá el hecho imponible de esta tasa la prestación de servicios derivada derivados de la actividad docente desarrollada en los estudios superiores de diseño desarrollados por la Escuela Superior de Diseño y de Conservación Arte y Restauración Superior de Bienes Culturales Diseño de las Illes Balears.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-656 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-1315 Leer

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