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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 103 octodecies. Sujeto pasivo.

Artículo 103 octodecies. Sujeto pasivo.

Son sujetos pasivos de esta tasa las personas que soliciten la inscripción para realizar las pruebas a las que se refiere en artículo anterior.

Se añade por la disposición final 3.13 de la Ley 9/2008, de 19 de diciembre. BOE-A-2009-1315

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