Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 103 duotricies. Hecho imponible.
Artículo 103 duotricies. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de los servicios inherentes a la tramitación de las solicitudes normalizadas de evaluación para la acreditación del profesorado por parte de la Agencia de Calidad Universitaria de las Illes Balears.
Se añade por la disposición final 2.1 de la Ley 12/2012, de 26 de septiembre. BOE-A-2012-14022


