LexTotal

Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 28. Cuantía.

Artículo 28. Cuantía.

Los servicios y las actuaciones administrativas, cuya prestación constituye el hecho imponible, quedan gravados de la manera siguiente:

 

Conceptos

Euros

A

Pruebas.

 

A1

Para la obtención del certificado de competencia profesional para el transporte público interior e internacional de viajeros por carretera.

24,00

A2

Para la obtención del certificado de competencia profesional para el transporte público interior e internacional de mercancías por carretera.

24,00

A3

Para la obtención del título de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril o vía navegable.

23,05

Se modifica por la disposición final 1.5 de la Ley 12/2015, de 29 de diciembre. BOE-A-2016-824

Se modifica el apartado A3 por el art. 5 de la Ley 16/2000, de 27 de diciembre. BOE-A-2001-2481

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2016 En vigor BOE-A-2016-824 Leer Qué cambió
1 de enero de 2001 BOE-A-2001-2481 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 1998 Texto original Leer

← Artículo 27 Índice Artículo 29 →