Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 388 nonies. Hecho imponible.
Artículo 388 nonies. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de esta tasa la actividad administrativa derivada de la participación como aspirante a las pruebas selectivas para acceder a las categorías de personal estatutario convocadas por la consejería competente en materia de sanidad o por las entidades adscritas.
Se añade por la disposición final 3.22 de la Ley 9/2008, de 19 de diciembre. BOE-A-2009-1315


