Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 388 decies. Sujetos pasivos.
Artículo 388 decies. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que soliciten participar como aspirantes en las pruebas selectivas.
Se añade por la disposición final 3.22 de la Ley 9/2008, de 19 de diciembre. BOE-A-2009-1315


