Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 308. Facturación obligada.
Artículo 308. Facturación obligada.
Estas tasas serán de obligada facturación a las embarcaciones en base, si las instalaciones dispusieran de los indicados servicios de suministros.


