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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 351. Cuantía.

Artículo 351. Cuantía.

La cuantía tributaria de la tasa debe fijarse de acuerdo con las siguientes tarifas:

  Concepto Euros
2.1 Informe sobre el proyecto de construcción y de ampliación de cementerios. 89,67
2.2 Informe de puesta en funcionamiento de cementerios. 184,26
2.3 Informe sobre el proyecto de construcción y de ampliación de tanatorios. 88,25
2.4 Informe de puesta en funcionamiento de tanatorios. 134,57
2.5 Informe sobre el proyecto de construcción de crematorios. 47,65
2.6 Informe de puesta en funcionamiento de crematorios. 105,05

Se modifica por la disposición final 1.31 de la Ley 14/2018, de 28 de diciembre. BOE-A-2019-996

Se modifica por la disposición final 1.21 de la Ley 13/2014, de 29 de diciembre. BOE-A-2015-1059

Se suprime el apartado 3.5 por la disposición final 1.9 de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre. BOE-A-2012-2272

Se añaden los apartados 3.6 y 3.7 por la disposición final 4.10 de la Ley 9/2009, de 21 de diciembre. BOE-A-2010-1401

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2019 En vigor BOE-A-2019-996 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1059 Leer Qué cambió
1 de enero de 2012 BOE-A-2012-2272 Leer Qué cambió
1 de enero de 2010 BOE-A-2010-1401 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 1998 Texto original Leer

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