Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 467. Sujeto pasivo.
Artículo 467. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que se inscriben en las convocatorias para seleccionar el personal que tiene que acceder a los entes integrantes del sector público instrumental de derecho público de las Illes Balears, tanto en condición de personal funcionario como de personal laboral.
Se añade por la disposición final 1.16 de la Ley 11/2022, de 28 de diciembre de 2022. BOE-A-2023-2980


