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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 415. Cuantía.

Artículo 415. Cuantía.

La cuota de la tasa se ha de determinar según las siguientes tarifas en euros:

1. Entrega de documentos.

1.1 Investigación de datos o antecedentes de solicitud del sujeto pasivo: 15,49€.

1.2 Copias en CD proporcionado por la Administración (por cada CD): 10,40€.

2. Expedición y renovación de carnets y certificados de acreditación profesional de instalador, de mantenedor y de conservador:

2.1 Primera tramitación: 19,35.

2.2 Renovaciones: 15,49.

3. Derechos de examen: 10,31.

4. Comunicaciones, otros certificados, informes y resoluciones a instancia de parte:

4.1 Informes y resoluciones: 18,06.

4.2 Legalización y sellado de libros, y expedición de distintivos, placas y tarjetas RFID identificativas:

4.2.1 Legalización y sellado de libros, expedición de distintivos: 5,16.

4.2.2 Expedición de placas metálicas y tarjetas RFID (por unidad): 5,16.

4.2.3 Expedición de placas no metálicas (por 5 unidades): 5,16.

4.3 Comunicación de datos no confidenciales: 25,78.

4.4 Otros servicios a instancia de parte: 49,00.

4.5 Comunicaciones de empresas y particulares a la Administración: 5,01.

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 1.18 de la Ley 5/2021, de 28 de diciembre. BOE-A-2022-807

Se modifica por la disposición final 1.10 de la Ley 3/2020, de 29 de diciembre. BOE-A-2021-1665

Se modifica por la disposición final 4.41 de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre. BOE-A-2014-656

Se modifica por el art. 38.12 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre. BOE-A-2006-1526

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-807 Leer Qué cambió
1 de enero de 2021 BOE-A-2021-1665 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 BOE-A-2014-656 Leer Qué cambió
1 de enero de 2006 BOE-A-2006-1526 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 1998 Texto original Leer

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