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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 57. Cuantía.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2013 y la del 1 de enero de 2014. Tachado: lo que se quitó (23 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 57. Cuantía.
1. Título o diploma acreditativo de participar en una acción formativa:
1.1 La primera expedición con firma digital será gratuita.
1.2 Las sucesivas expediciones:
a) Formato papel: 5,10 euros.
b) Formato digital: 4,23 euros.
2. Certificado curricular alumno y profesor:
a) Formato papel: 5,10 euros.
b) Formato digital: 4,23 euros.
3. Certificado curricular solo profesorado:
3.1
2.1 La primera expedición anual con firma en formato digital será gratuita.
3.2 2.2 Las sucesivas expediciones:
a) Formato papel: 5,10 euros. 5,25 €.
b) Formato digital: 4,23 euros. 4,35 €.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-656 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-631 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-1315 Leer Qué cambió
1 de enero de 2001 BOE-A-2001-2481 Leer Qué cambió
1 de enero de 2000 BOE-A-2000-1014 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 1998 Texto original Leer

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