Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 70 quater. Cuantía.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2014 y la del 1 de enero de 2019.
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Artículo 70 quater. Cuantía.
1. La tasa por la prestación de servicios relacionados con la Escuela Balear de Administración Pública se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
1.1 Solicitud de homologación de acción formativa: 126,69 euros por acción formativa. 1.1. Compulsa de
1.2documentos: 0,38 euros por hoja. documentos. ·
1.3 0,40 € ·
1.2. Fotocopias: ·
·
a) Fotocopias en DIN A4, hasta cinco hojas: 3,00 euros. hojas (por hoja). ·
3,17 € ·
b) Fotocopias en DIN A4, de más de cinco hojas: ·
·
b.1) Las primeras cinco hojas: 3,00 euros. hojas. ·
3,17 € ·
b.2) A partir de las seis hojas: 0,112634 euros por hoja. hojas. ·
0,119049 ·
c) Fotocopias en DIN A3 A3, hasta cinco hojas: 5,00 euros. hojas. ·
5,29 € ·
d) Fotocopias en DIN A3, de más de cinco hojas: ·
·
d.1) Las primeras cinco hojas: 5,00 euros. hojas. ·
5,29 € ·
d.2) A partir de las seis hojas: 0,180215 euros por hoja. hojas (por hoja). ·
1.4 Dossier de temarios en soporte informático:
a) Soporte y material informático: 10,02 euros.
b) Por cada temario: 0,14 euros. 0,190480 € ·
2. Quedarán exentas de esta tasa las solicitudes de homologación de acciones formativas de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de sus organismos dependientes, así como las solicitudes de homologación de acciones formativas organizadas por las agrupaciones de voluntarios de Protección Civil. Quedan exentos de esta tasa los servicios de compulsa que se presten en los procedimientos selectivos o de provisión convocados por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas y los
También quedaránservicio servicios de compulsa que se presten en los procedimientos que tramita el la EBAP que ya estén sujetos al pago de una tasa.
3. Las familias en situación de protección especial previstas en el artículo 5 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias, tienen una bonificación de la tasa de un 75%.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-850 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2019-996 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | BOE-A-2014-656 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-631 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | BOE-A-2009-1315 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | BOE-A-2002-919 | Leer |


