Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 88 quartum.
Artículo 88 quartum.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 20/2001, de 21 de diciembre. BOE-A-2002-919
Se añade por el art. 16 de la Ley 16/2000, de 27 de diciembre. BOE-A-2001-2481
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2002 En vigor | BOE-A-2002-919 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2001 | BOE-A-2001-2481 | Leer |


