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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 95. Hecho imponible.

Artículo 95. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la expedición de títulos académicos, diplomas y certificados oficiales correspondientes a las enseñanzas del sistema educativo, excepto de los que corresponden a las enseñanzas obligatorias, cuya expedición es gratuita.

Se modifica por la disposición final 3.9 de la Ley 9/2008, de 19 de diciembre. BOE-A-2009-1315

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1 de enero de 2009 En vigor BOE-A-2009-1315 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 1998 Texto original Leer

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