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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

CAPÍTULO XIV

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2006 y la del 1 de enero de 2015. Tachado: lo que se quitó (16 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras). Volver al texto en vigor

CAPÍTULO XIV
Tasa por los servicios de autorización, inscripción, convalidación, cambio valoración epidemiológica del riesgo de titular, actividado domicilio, y cese en la actividad exposición a una zoonosis con respecto a agresiones de carnicería, carnicería-salchichería y carnicería-charcutería animales domésticos

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1059 Leer Qué cambió
1 de enero de 2006 BOE-A-2006-1526 Leer

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