Legislación › Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Illes Balears.
Artículo 38. Instrumentos de ordenación urbanística y medidas de protección.
Artículo 38. Instrumentos de ordenación urbanística y medidas de protección.
1. Los instrumentos de ordenación urbanística de ámbito municipal fijarán las medidas primarias de identificación, de protección y de conservación de los bienes inmuebles integrantes del patrimonio histórico.
2. Los proyectos de delimitación del suelo urbano contendrán, al menos, las determinaciones básicas para la identificación de los citados bienes.


