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Legislación › Ley 13/1998, de 23 de diciembre, de atribución de competencias a los Consejos Insulares de Menorca y de Eivissa y Formentera en materia de transportes terrestres.

Disposición adicional primera. Subrogación de los Consejos Insulares.

Disposición adicional primera. Subrogación de los Consejos Insulares.

Los Consejos Insulares de Menorca y de Eivissa y Formentera se subrogan, a partir de la efectiva atribución de las competencias que prevé esta Ley, en los derechos y en las obligaciones de la Administración de las Illes Balears relativos a las competencias atribuidas.

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