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Legislación › Ley Foral 17/1998, de 19 de noviembre, de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra.

Artículo 35. Procedimiento electoral.

Artículo 35. Procedimiento electoral.

1. El Gobierno de Navarra, una vez determinada la apertura del proceso electoral de conformidad con la legislación general, convocará las elecciones a la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra.

2. El Reglamento de régimen interior regulará la composición y funciones de la Junta electoral, garantizándose, en todo caso, su actuación independiente y eficaz.

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