LexTotal

Legislación › Ley 5/1998, de 23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales.

Artículo 14. Órganos competentes.

Artículo 14. Órganos competentes.

Son órganos competentes para resolver el procedimiento sancionador e imponer las sanciones:

a) El Director general correspondiente de la Consejería que tenga atribuida la competencia por razón de la materia, en las infracciones leves y graves.

b) El titular de la Consejería competente por razón de la materia, en las infracciones muy graves.

← Artículo 13 Índice Artículo 15 →