LexTotal

Legislación › Ley 1/1999, de 29 de enero, de residuos de Canarias.

Artículo 34.

Artículo 34.

La utilización de envases y embalajes en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias se adecuará al principio de máxima implantación de elementos susceptibles de reutilización o que causen el menor impacto medioambiental.

← Artículo 33 Índice Artículo 35 →