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Legislación › Ley 1/1999, de 29 de enero, de residuos de Canarias.

Disposición adicional tercera. Registro de Productores y Poseedores de Residuos.

Disposición adicional tercera. Registro de Productores y Poseedores de Residuos.

A los efectos previstos en la presente Ley, se crea el Registro de Productores y Poseedores de Residuos en el seno de la consejería competente en materia de medio ambiente, cuyo contenido y funcionamiento se determinará reglamentariamente.

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